Abogados

Divorcios en Madrid

Somos Especialistas
en divorcios

Somos un despacho de abogados especializados en Divorcios de Mutua acuerdo o contenciosos. Desde hace años los cónyuges pueden acceder directamente al divorcio, ya sea contencioso o mutuo acuerdo, sin tener que pasar primero por un largo proceso de separación. El proceso de divorcio, sobre todo si es de Mutuo acuerdo es un proceso barato y sencillo para los cónyuges.

En ABOGADOS DE DIVORCIOS EN MADRID te asesoraremos en tu ruptura matrimonial y tenemos Honorarios ajustados en los tiempos en que vivimos.

Tu Despacho de Abogados de Divorcios en Madrid

¿Quieres más información por parte de un Abogado sin compromiso?

Nuestros abogados de divorcios son especialistas en Madrid

Tramitamos tu Divorcio en  toda la Comunidad de Madrid, ya se trate de un divorcio de mutuo acuerdo o contencioso con tu pareja. Si necesitas contar con un abogado para tu divorcio llámenos y mándanos un correo y nuestros Abogados les asesorarán correctamente sobre las fases judiciales de un divorcio por mutuo acuerdo o contencioso ante los tribunales.

ABOGADOS FERNÁNDEZ MATEO son especialistas en procedimientos de divorcio, tanto divorcios de mutuo acuerdo como en divorcios contenciosos. Nuestros abogados le explicarán las diferencias de cada tipo de procedimiento de divorcio y le asesoran para encontrar la mejor manera de solucionar este problema tanto legal como particular e intimo.

Tenemos todas las respuestas a tus cuestiones para el divorcio y sabemos como explicarte cuales son las vías legales para la tramitación de tu procedimiento de separación o divorcio.

Por ejemplo, cada año, en nuestra ciudad de Madrid se producen más de 15.000 € divorcios entre parejas. Las demandas de disolución del matrimonio, ya sea de separación o de divorcio, tanto de mutuo acuerdo como no consensuadas, presentadas en los juzgados de toda España durante 2019 sumaron 109.567. Un total de 99.444 parejas decidieron divorciarse o interrumpir su convivencia, lo que supone una tasa de 2,1 por cada 1.000 habitantes. Un dato a tener en cuenta es que, de ellas, más de 95.000 € fueron divorcios, y más de 4.000 separaciones.

En 2018, hubo 1.141 divorcios entre personas del mismo sexo. De ellos, 595 fueron entre hombres y 546 entre mujeres. Además, hubo 11 separaciones (0,3 % del total).

¿Quieres más información por parte de un Abogado sin compromiso?

Si una pareja toma la decisión de divorciarse, posteriormente a la disolución del matrimonio, puede nuevamente contraer matrimonio. En el caso de la separación, al no estar ruto el vínculo matrimonial, no se puede volver a casar hasta que no se disuelva.

En el supuesto de que la pareja se reconcilie tras la separación, esta puede dejarse sin efecto mediante la simple comunicación en el Juzgado, por lo que el matrimonio se reanudará. En el supuesto de divorcio, al estar roto el vínculo matrimonial, ya no sería posible esta reanudación, ya que para que esta tenga nuevos efectos jurídicos, hace falta que los cónyuges se vuelvan a casar de nuevo, creándose nuevo vínculo del matrimonio.

También es posible que los cónyuges elijan separarse y luego posteriormente, decidan divorciarse, lo que provocará dos procedimientos judiciales distintos, dando lugar a un sobrecoste económico con el perjuicio personal para la pareja que ello supone. Por ello, desde nuestro despacho de Abogados de divorcios especialistas en estos procesos matrimoniales, siempre recomendamos el procedimiento de divorcio.

¿Buscas un Abogado especialista en divorcios en Madrid?

El único requisito legal para proceder judicialmente a la separación o divorcio es que hayan transcurrido 3 meses desde el matrimonio.

Los dos procedimientos de divorcio en España son el divorcio de Mutuo Acuerdo y el Contencioso. En los dos procedimientos necesitará contar con un abogado especialistas en divorcios.

El divorcio contencioso es aquel que se produce cuando no hay acuerdo entre los cónyuges sobre las medidas económicas, personales o patrimoniales que llevan aparejada el divorcio (es decir, pensiones, régimen de estancias de los hijos, división de los bienes…). Este divorcio se inicia mediante una demanda de divorcio redactada por un abogado de uno de los dos cónyuges. También se presentará la demanda de divorcio contencioso cuando uno de los cónyuges no se quiera divorciar del otro. Esta demanda también puede presentar siendo ajeno el otro cónyuge. Para este tipo de procedimientos de divorcios hará falta dos abogados, uno para cada uno de los cónyuges, por lo que tendrá un coste superior para la pareja. También se requiere la figura judicial de un procurador.

El otro divorcio es el de mutuo acuerdo o divorcio express, que se presenta cuando hay acuerdo tanto en el propio divorcio como en las medidas que supone el mismo tanto económicas, pensiones, hijos, división de patrimonio… Lo bueno de este tipo de divorcios es el coste económico  menor para la pareja y el tiempo menor. Además, suele producir menor deterioro en la relación ya rota con la otra pareja y los hijos sufren menos. Judicialmente, tu abogado de divorcios presentará una demanda de divorcio por mutuo acuerdo aportando el convenio regulador que fijará las medidas aplicables al divorcio. En el procedimiento de demanda por mutuo acuerdo se requiere la figura judicial de un procurador. Desde nuestro despacho como Abogados de divorcios en Madrid, aconsejamos este tipo de divorcio. El 75% de las crisis matrimoniales (separaciones o divorcios), se tramitan por este divorcio por mutuo acuerdo, mientras que las restantes se gestionan por los trámites del procedimiento contencioso. El tiempo aproximado para divorciarse por esta vía suele ser de 1 mes a 3 meses.

EL CONVENIO REGULADOR en un documento que redactará tu abogado de divorcio donde recogerá las consecuencias que producirá tu divorcio, en todos lo ámbitos.

El convenio regulador deberá contener, al menos y siempre que fueran aplicables, los siguientes extremos:

  1. a) El cuidado de los hijos sujetos a la patria potestad de ambos, el ejercicio de ésta y, en su caso, el régimen de comunicación y estancia de los hijos con el progenitor que no viva habitualmente con ellos.
  2. b) Si se considera necesario, el régimen de visitas y comunicación de los nietos con sus abuelos, teniendo en cuenta, siempre, el interés de aquéllos.
  3. c) La atribución del uso de la vivienda y ajuar
  4. d) La contribución a las cargas del matrimonio y alimentos, así como sus bases de actualización y garantías en su caso.
  5. e) La liquidación, cuando proceda, del régimen económico del matrimonio.
  6. f) La pensión compensatoria, en su caso, a uno de los cónyuges.

Si la pareja que casó en régimen de gananciales, a partir de la Sentencia de divorcio, cesará la misma, y a partir de ese momento las deudas y obligaciones dejarán de ser de ambos cónyuges pasando a ser responsable cada uno con su patrimonio.

  • La separación y el divorcio no eximen a los padres de sus obligaciones con los hijos.
  • El Juez, durante el divorcio, cuando deba adoptar cualquier medida sobre la custodia, el cuidado y la educación de los hijos menores, velará por el cumplimiento de su derecho a ser oídos.
  • En la sentencia de separación o divorcio, se acordará la privación de la patria potestad cuando en el proceso se revele causa para ello.
  • Los padres podrán acordar en el convenio regulador, en beneficio de los hijos, que la patria potestad sea ejercida total o parcialmente por unos de los cónyuges.
  • Se acordará el ejercicio compartido de la guarda y custodia de los hijos cuando así lo soliciten los padres en la propuesta de convenio regulador o cuando ambos lleguen a este acuerdo en el transcurso del procedimiento.
  • En todo caso, el Juez deberá recabar informe del Ministerio Fiscal, y oír a los menores que tengan suficiente juicio.
  • No procederá la guarda conjunta cuando cualquiera de los padres esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos.
  • El Juez, podrá recabar dictamen de especialistas debidamente cualificados, relativo a la idoneidad del modo de ejercicio de la patria potestad y del régimen de custodia de los menores.
  • En defecto de acuerdo de los cónyuges aprobado por el Juez en un procedimiento de divorcios, el uso de la vivienda familiar y de los objetos en ella, corresponde a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden.

Esto es una mera información provisional, por lo que tu abogado deberá de informarte de la documentación necesaria. En resumidas cuentas, si se trata de un divorcio de Mutuo Acuerdo necesitarás:

  • La certificación literal de matrimonio.
  • La certificación literal de nacimiento de los hijos si los hubiera
  • El certificado de empadronamiento.
  • Las Escritura de capitulaciones matrimoniales, si la hubiere.

 

En resumidas cuentas, si se trata de un divorcio de Mutuo Contencioso necesitarás:

  • La certificación literal de matrimonio.
  • La certificación literal de nacimiento de los hijos, si los hubiera
  • El certificado de empadronamiento.
  • Las Escritura de capitulaciones matrimoniales, si las hubiera.
  • Declaración de la renta de los últimos dos ejercicios.
  • Recibos de los gastos que tengan tus hijos
  • Recibos de los consumos que tenga la vivienda donde resida

Con la Ley de Jurisdicción Voluntaria es posible divorciarse de mutuo acuerdo en la Notaría, junto con tu abogado de divorcios. De esta forma, los cónyuges podrán divorciarse en la Notaría en vez de en el Juzgado.  Los requisitos para divorciarse ante notario son los siguientes:

  • La presencia de un abogado.
  • Que exista mutuo acuerdo entre los cónyuges en divorciarse.
  • Que hayan pasado más de 3 meses desde el matrimonio.
  • Que no existan hijos menores de edad o con la capacidad modificada judicialmente.
  • Que la mujer no se encuentre embarazada en el momento de instar el divorcio.

En casos de divorcio ante notario, exige la ratificación de la voluntad de divorciarse de los cónyuges ante el notario competente. La ratificación constituye un acto en virtud del cual las partes de forma solemne admiten ante el órgano competente su voluntad de divorciarse y su conformidad a acuerdos contenidos en el convenio regulador. Cuando la separación se insta notarialmente, el consentimiento de los cónyuges se exterioriza en la escritura pública ante Notario.

Los efectos del divorcio se producen desde el mismo momento en que se presta el consentimiento en la escritura pública, no precisando acto posterior alguno.

Tu Despacho de Abogados de Divorcios en Madrid

¿Quieres más información por parte de un Abogado sin compromiso?